El TSJ de Murcia da la razón a USO, existe trato desigual entre trabajadores de elpozo.
El TSJ de Murcia da la razón a USO, declara la nulidad del punto 3 del acuerdo de 13 de mayo de 2009, por entender que existe un trato desigual de los trabajadores a no control de nueva incorporación respecto de los ya existentes en la empresa desde el punto de vista salarial, ya que ambos realizan las mismas tareas y en iguales condiciones, pues los de nuevo ingreso cobrarían actividad 80, y los que ya prestaban servicios percibirían la media de la sección a la que pertenezcan, por lo que aquellos se les condena a una actividad fija.
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