Comunicado de USO a los trabajadores de elpozo.
Asunto: Comparecencia de la USO, en la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, por el conflicto de las Tasas en las Secciones de Matadero y Tripería.
El pasado martes día 18 de febrero, varios representantes de USO asistieron a la citación de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo (en adelante TS). Esta citación viene provocada por la solicitud realizada por la empresa ElPozo Alimentación y por los sindicatos UGT Y CCOO, ya que presentaron por escrito una solicitud de comparecencia ante el TS de los sindicatos presentes en el conflicto colectivo de las Tasas que afecta a las secciones de Matadero y Tripería.
El objetivo de la empresa y estos dos sindicatos en esta citación, era para que se renunciara a los derechos reconocidos por las distintas sentencias judiciales que fueron favorables a los trabajadores y trabajadoras de las secciones de Matadero y Tripería de la empresa ElPozo Alimentación donde se les reconocía el derecho a poder alcanzar el rendimiento de 90 puntos/hora Bedaux, como rendimiento óptimo .
Para ello era necesario que la USO, diéramos por bueno el acuerdo que UGT y CCOO y ElPozo, firmaron el 17 de diciembre de 2013, donde se refleja en su punto primero apartado 3 que “el rendimiento óptimo es el determinado por convenio colectivo y el Sistema Bedaux.” O lo que es lo mismo el rendimiento de 80 puntos/hora Bedaux. Justo todo lo contrario de lo que hasta la fecha han estado dictaminando tanto los Juzgados de lo Social de Murcia como el Tribunal Superior de Justicia de Murcia.
¿Cómo pueden hacer esto jurídicamente?. Es un supuesto que raras veces se da, en este caso en concreto, le piden al TS que homologue el acuerdo citado anteriormente.
¿Qué supondría jurídicamente dicha homologación? Los efectos que puede provocar son PERVERSOS ya que lo pactado por CCOO y UGT y ElPozo sustituiría lo resuelto en las sentencias dictaminadas anteriormente.
¿En qué afectaría a los trabajadores y trabajadoras que presentaron demandas por el asunto de las tasas y no aceptaron el dinero que la empresa les ofreció?.
¿En qué afectaría a los trabajadores y trabajadoras que ya han demandado a la empresa y a los futuros demandantes? Para todos estos supuestos la homologación de dicho acuerdo seria DEVASTADORA, ya que con toda seguridad todas las demandas se perderían por los trabajadores y trabajadoras de ElPozo, y todo gracias a CCOO y UGT.
¿Qué esta haciendo la USO ante esta clara claudicación de los sindicatos UGT-CCOO ante los poderes de ElPozo?
Primero: Como así quedo reflejado en el Acta que se levantó en nuestra comparecencia, la Unión Sindical Obrera se OPONE A LA HOMOLOGACIÓN DEL ACUERDO FIRMADO POR CCOO y UGT, EN FECHA 17 DICEMBRE DE 2013.
Segundo: Al no ser firmantes de dicho acuerdo, en el supuesto de que sea homologado dicho acuerdo por el TS, ya hemos anunciado su IMPUGNACIÓN, dado que el mismo afecta a terceros no firmantes de dicho acuerdo.
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